Santa Fe prohíbe la actividad de los "trapitos"
La reforma al Código de Convivencia santafesino tipifica la exigencia de dinero para cuidar o lavar vehículos en la vía pública sin autorización. El esquema contempla un agravamiento severo en casos de violencia, extorsión o actuación organizada en eventos masivos.
Por Redacción Los Reporteros
El escenario del ordenamiento del espacio público, la erradicación de prácticas de extorsión urbana y las herramientas contravencionales otorgadas a las fuerzas de seguridad ingresan en un punto de estricta fiscalización, obligando a nuestra comunidad de lectura atenta a revisar el avance de las normativas de tolerancia cero a la coerción callejera. La provincia de Santa Fe sancionó un marco legal contundente que prohíbe la actividad no autorizada de los cuidacoches y "trapitos" en todo el territorio provincial. El examen del texto normativo confirma que las penas se inician en días de arresto y pueden trepar hasta un tope de 80 días de prisión ante situaciones agravadas.
Los tres ejes del freno a los "trapitos": Tipificación contravencional, escala de penas y la figura del agravante
El desglose de la legislación aprobada permite resumir los pilares del nuevo régimen punitivo:
- Prohibición total del cobro o tarifa informal: La normativa prohíbe que personas no autorizadas por los municipios exijan o soliciten dinero a los conductores para estacionar, cuidar o lavar vehículos en la vía pública. El ofrecimiento del servicio en zonas no habilitadas queda sujeto a la intervención directa de la policía y los fiscales.
- Escala sancionatoria y cárcel efectiva: El régimen fija penas contravencionales básicas que contemplan días de arresto, trabajos comunitarios y multas económicas. Sin embargo, para los casos de reincidencia o resistencia a la autoridad, el margen punitivo se eleva de manera sustancial.
- Topes de 80 días de prisión por agravantes: Las sanciones alcanzan su punto máximo cuando median situaciones de violencia, exigencia bajo amenaza, extorsión explícita o cuando la actividad es desplegada por estructuras organizadas en el marco de espectáculos deportivos, recitales y eventos masivos. En esos escenarios, la pena puede trepar hasta los 80 días de arresto efectivo.
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