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El Ejecutivo aclaró que el beneficio para los usuarios "sigue plenamente vigente y exigible", obligando a las empresas a absorber el costo total de los pasajes.

Por Redacción Los Reporteros

El Gobierno nacional formalizó una nueva y profunda medida en el marco de su política de desregulación y ordenamiento fiscal al eliminar de forma definitiva el Régimen de Compensaciones Tarifarias al Transporte Automotor de Pasajeros de Larga Distancia. Este esquema, vigente desde el año 2018, era el mecanismo mediante el cual el Estado nacional cubría de manera parcial el costo de los boletos gratuitos que las empresas de micros interjurisdiccionales debían entregar a personas con discapacidad, pacientes trasplantados o en lista de espera, y niños o adolescentes bajo tratamiento oncológico.

La medida quedó oficializada en las primeras horas de este martes mediante la publicación de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte —bajo la órbita del Ministerio de Economía— en el Boletín Oficial, desatando una rápida oleada de reacciones tanto en las cámaras empresarias del sector como en las organizaciones de defensa de los derechos de las personas con discapacidad.

Los argumentos oficiales: "Libertad tarifaria"

En los fundamentos de la normativa, las autoridades nacionales explicaron que el sistema de subsidios cruzados había sido creado originalmente en un contexto de fuerte intervención estatal y estricta regulación de precios en el sector. Con la vigencia de las recientes normativas de desregulación del transporte de larga distancia, las reglas de juego cambiaron sustancialmente para los operadores privados.

De acuerdo con el texto oficial, la introducción de la libertad tarifaria permite a las empresas "determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios", reconfigurando de manera directa su ecuación económico-financiera. Bajo esta premisa, la Secretaría de Transporte consideró que la causa estructural que justificó en su momento la asistencia del Estado "ha sido superada", volviendo "innecesaria su continuidad" y traspasando la obligación de financiar el beneficio de manera exclusiva a la estructura interna de costos de las firmas de transporte.

El beneficio al usuario no se altera, pero crecen las alertas

Un punto central sobre el que machaca la resolución es que el derecho a la gratuidad de los pasajes para los usuarios permanece inalterado. La normativa deja explícito que las compañías de micros continúan obligadas por ley (Leyes 22.431, 26.928 y 27.674) a otorgar los boletos sin cargo a los titulares del Certificado Único de Discapacidad (CUD) o credenciales del INCUCAI. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) mantendrá el rol de autoridad de aplicación encargada de fiscalizar y sancionar a las firmas que incumplan con la emisión.

A pesar de las aclaraciones de la Casa Rosada, el anuncio encendió alarmas inmediatas. Diversos colectivos que agrupan a familiares y pacientes advirtieron que la quita del fondo compensatorio podría traducirse en mayores trabas burocráticas u ocultamiento de cupos por parte de las empresas en los mostradores de las terminales, un reclamo histórico que ya existía con el sistema anterior. "Si el Estado deja de compensar el boleto, el riesgo real es que las empresas empiecen a retacear la disponibilidad con la excusa de la falta de rentabilidad", señalaron referentes vecinales preocupados por la sustentabilidad de la cobertura.

La quita de este subsidio añade una nueva arista de debate en una semana cruzada por fuertes reclamos en el sector social y eclesiástico respecto a las deudas de contención en las políticas públicas, obligando al Gobierno a ajustar al máximo las clavijas del control de la CNRT para garantizar que las planillas de desregulación no terminen colisionando con los derechos adquiridos en la calle.

Autor: admin